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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296271
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1606
ROBO, DELITO DE (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1606
Conforme al artículo 345 del Penal del Estado, para la aplicación de la sanción se da por consumado el robo desde el momento en que el ladrón tiene en su poder la cosa robada, aun cuando la abandone o la desapoderen de ella.
Precedentes
Amparo penal directo 2052/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de marzo de 1954. Mayoría de cuatro votos. Relator: Edmundo Elourduy.