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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1709
COACUSADO, VALOR DE SU DICHO (RETRACTACION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1709
La responsabilidad de un acusado se comprueba con el dicho de los coacusados, aunque en sus preparatorias no ratifiquen las rendidas ante el Agente del Ministerio Público, pues esta retractación no puede admitirse aunque aleguen que fueron forzados por la policía, si esta circunstancia no la acreditaron ni dieron razón fundada de su retractación, y además estos dichos hacen prueba, si al acusar su coacusado no trataban de quitarse su responsabilidad.
Precedentes
Amparo penal directo 2382/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos.
La publicación no menciona el nombre del ponente.