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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296286
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1807
REPARACION DEL DAÑO (DELITOS PATRIMONIALES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1807
Tratándose de delitos contra el patrimonio de las personas, entre ellos el de robo, la reparación del daño forzosamente tiene que comprender la restitución de los objetos o dinero sustraídos, y en su caso, el valor pericial fijado a esos objetos, sin que sea necesario haber obtenido pruebas en el proceso referentes a la capacidad económica del sentenciado, para obligarlo a ese pago.
Precedentes
Amparo penal directo 7776/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Edmundo Elourduy.