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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296301
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1971
CICATRICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1971
No debe olvidarse que existe diferencia entre cicatriz visible, que lo son todas, ya que implican una discontinuidad en los tejidos, y cicatriz notable, que lo son sólo aquéllas que se perciben a una distancia media normal de la visión humana, y por ello, siendo infamantes, son castigadas en forma especial por el legislador.
Precedentes
Amparo penal directo 5265/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de marzo de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Edmundo Elorduy. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.