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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296325
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2139
PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2139
La interpretación de los indicios consiste en el examen analítico de los hechos dados, de manera que quepa desprender su significado según su relación con el delito o con el hecho sometido a prueba. De allí que la prueba presuntiva sea de segundo grado, porque se basa en la inferencia el razonamiento y tiene como punto de partida por tanto, los hechos y circunstancias que se suponen pruebas y de las cuales se trata de desprender su relación con el hecho incurrido, que constituye la incógnita del caso a estudio, ya sea una hipótesis por verificar, lo mismo sobre la materialidad del delito, o respecto a la identificación del culpable y acerca de las circunstancias del acto criminoso.
Precedentes
Amparo penal directo 4238/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.