Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/296330
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2259
AUTOR INTELECTUAL DEL DELITO, CALIFICATIVA RESPECTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2259
Las calificativas que se hacen concurrir en la realización material del delito, son personales del autor en este orden, si emplea una serie de medios que no estuvieron en el ánimo de autor intelectual cuando le sugirió la realización del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 3464/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de agosto de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Luis G. Corona.
La publicación no menciona el nombre del ponente.