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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296331
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2268
LENOCINIO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2268
Aun cuando la encargada de un hotel manifieste que, en ocasiones, rentó cuartos a mujeres galantes acompañadas de otros individuos, si no está demostrado que hubiere sido con anuencia del propietario y que éste hubiere tenido algún lucro con el comercio sexual que tales mujeres practicaban el las habitaciones del hotel, ni que éste fuera un prostíbulo, casa de citas o lugar de concurrencia expresamente dedicado a la explotación de la prostitución, ya que el hotel era un establecimiento dedicado al servicio de las personas que solicitaren habitaciones, tales hechos no quedan comprendidos dentro de la fracción III del artículo 207, reformado, del Código Penal, por lo que ve a dicho propietario.
Precedentes
Amparo penal directo 5244/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.