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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2287
CONDENA CONDICIONAL (DELINCUENTES PRIMARIOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2287
La estimación de delincuente no primario como causal de negativa del beneficio de la condena condicional, no queda sujeta al reconocimiento del propio inculpado de haber sido procesado anteriormente, sino que está vinculada jurídica y directamente a la definición legal de la autoridad que hubiese conocido del proceso o procesos relativos, y a ello sólo puede llegarse mediante elementos indubitables acerca de sentencia ejecutoria anterior que imponga al inculpado una sanción.
Precedentes
Amparo penal directo 934/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro V. Vázquez.