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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2299
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2299
No queda comprobado el cuerpo del delito de daño en propiedad ajena, si no se dio fe de los daños causados elementos esenciales para la comprobación del cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 1671/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de septiembre de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: Edmundo Elorduy y Genaro Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.