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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2435
LEY PENAL, APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2435
Si la autoridad responsable debe atender al texto de la nueva legislación por serle esta más favorable al acusado, la aplicación de la nueva legislación imposibilita aplicar a la vez algunos de los artículos del código anterior.
Precedentes
Amparo penal directo 4252/47. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de abril de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LXXXVII, página 314, tesis de rubro "LEYES PENALES, APLICACION DE LAS.".
Tomo CXIII, página 516, tesis de rubro "LEY PENAL, APLICACION TEMPORAL DE LA.".