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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296356
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2517
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2517
La excluyente de legítima defensa no puede operar si el sujeto activo del delito no corrió peligro inminente con la actitud agresiva del hoy occiso, ni hubo necesidad racional del medio empleado, pues antes de recibir la lesión la víctima sólo golpeó sin armas a su victimario, quien con posterioridad correspondió a los golpes sufridos con la puñalada que infirió a su agresor.
Precedentes
Amparo penal directo 4620/52. Por acuerdo de la Primera Sala,de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. Julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.