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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2617
FUERZA FISICA EXTERIOR Y LEGITIMA DEFENSA, EXCLUYENTES DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2617
La excluyente consistente en la actuación impulsada por la fuerza física exterior, presupone la ausencia de intencionalidad, no así la consistente en la defensa de la persona, honor o bien por lo que no pueden coexistir, independientemente de que ni los celos ni las frases denigrantes dirigidos por la ofendida a la heridora pueden reputarse como fuerza exterior material y directa, capaces de producir la anulación de su voluntad, convirtiéndola en una autómata, ni menos aún pueden constituir esos antecedentes una agresión actual eminente y grave que pusiera en peligro la integridad de su persona, la de su esposo, la de sus hijos o la de su hogar.
Precedentes
Amparo penal directo 5152/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ortiz Tirado.