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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2789
AMPARO PENAL, CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2789
Aunque no se reclama propiamente un concepto de violación, por que no se concreta en qué consiste la infracción del precepto invocado en la demanda, sin embargo, toca al juez constitucional estudiar la causa omitida, a fin de poder declarar si la omisión produce violación de garantías constitucionales al quejoso.
Precedentes
Amparo penal directo 1357/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de agosto de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.