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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2818
OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO AISLADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2818
Aislado y sin corroboración, el dicho del ofendido no basta para comprobar ni el cuerpo del delito, ni la responsabilidad del quejoso.
Precedentes
Amparo penal directo 6301/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: José Ma. Ortíz Tirado.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo CII, página 2163, tesis de rubro "OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO (ROBO).".
Tomo CIII, página 121, tesis de rubro "OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.".
Tomo CXVIII, página 840, tesis de rubro "OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO AISLADO.".