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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2887
ABORTO E INFANTICIDIO, DELITOS DE (LEGISLACION DE TABASCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2887
De los términos en que esta redactado el artículo 176 del Código de Procedimientos Penales del estado, fácilmente puede concluirse que en su primer párrafo especifica como pueden comprobarse los delitos de aborto e infanticidio y, en su segundo párrafo, cuando ordena y todo aquello que puede servir para fijar la naturaleza del delito, se está indicando que otros datos deben aportarse para evitar confusión entre los delitos de aborto e infanticidio.
Precedentes
Amparo penal directo 2406/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.