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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2907
HOMICIDIO, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2907
No se justificó la existencia de la infracción antisocial de homicidio, por no haberse llenado los requisitos que ordena el artículo 33 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social aplicable, si no se practicó la autopsia del cadáver, sin que existiera en autos constancia alguna de haber eximido la autoridad judicial tal requisito, siendo que el dictamen médico emitido por un solo facultativo no reúne los requisitos de la prueba pericial por no expresar si las lesiones que sufrió el occiso fueron las que le causaron la muerte o cual de ellos lo ocasionó; dictamen que además no fue rectificado por los médicos legistas como lo ordena el mencionado artículo.
Precedentes
Amparo penal directo 1373/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.