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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2921
EMBRIAGUEZ COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2921
Para que el estado de embriaguez opere como excluyente, se requiere que la inconsciencia sea total o sea cuando el agente, por una conducta de automatismo, no se da cuenta de sus actos o no puede estimarlos en sus consecuencias ni su ilicitud, en otras palabras, se requiere un estado de embriaguez completo que prive enteramente de la razón.
Precedentes
Amparo penal directo 728/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.