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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296443
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2931
RAPTO Y VIOLACION, DELITOS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2931
Los delitos de rapto y violación si permiten su incriminación conjunta, lo que se funda en el contenido filosófico jurídico de los preceptos que definen esas figuras delictivas. El rapto tiene lugar cuando el apoderamiento va acompañado del deseo erótico sexual, independientemente de que se verifique o no la cópula; a diferencia de la violación que no puede existir sin ella. Por tanto, es obvio que ambos delitos corresponden a actos diferentes y pueden coexistir procesalmente como figuras autónomas.
Precedentes
Amparo penal directo 1867/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.