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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3015
DESPOJO, DELITO DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3015
Si aparece justificado que el quejoso usó de la violencia física cuando ordenó a su peón que ocupara el inmueble de su propiedad, que se hallaba en poder del ofendido a virtud de un contrato de aparcería celebrado entre ambos, estando dicha contratante vigente, y que, por ende, ejercitó actos de dominio que lesionaron los derechos de su ocupante, se comprobaron los elementos intrínsecos del delito de despojo, a que se refiere el artículo 355, fracción II, del Código Penal del Estado.
Precedentes
Amparo penal directo 6938/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.