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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3041
CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3041
La buena conducta del inculpado, con fecha anterior a la realización de los actos por los que se le instruyó el proceso, debe presumirse, no solamente por no existir prueba en contrario, sino también si la indican sus circunstancias personales, así como la naturaleza del delito cometido.
Precedentes
Amparo penal directo 2438/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de octubre de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: José Ma. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.