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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296520
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3273
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3273
En la legítima defensa concurren elementos objetivos y elementos subjetivos; entre los primeros, surge en forma preponderante la agresión, mientras que el segundo lo constituye la intención del sujeto activo del delito de evitar o eludir un peligro inminente mediante la acción repelente, y es por esta subjetividad por lo que, en los casos en que se invoca la excluyente de responsabilidad expresada, adquiere la confesión una mayor relevancia entre los elementos probatorios.
Precedentes
Amparo penal directo 3174/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de diciembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ma. Ortiz Tirado.