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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3323
BIGAMIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3323
La responsabilidad del acusado en el delito de bigamia queda plenamente probada si no puede justificar la existencia del divorcio, dado que el Juez de lo Civil que conoce del juicio relativo solamente manifestó que se había entablado demanda, pero que no estaba sentenciado, lo que demuestra que al contraer su segundo matrimonio, todavía estaba unido por el lazo matrimonial con su primera esposa.
Precedentes
Amparo penal directo 4822/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.