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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3327
TESTIGOS EN MATERIA PENAL (PARIENTES DEL OFENDIDO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3327
La responsabilidad del inculpado no puede probarse únicamente con los dichos del ofendido y el padre de éste, dado que el último no tiene la imparcialidad suficiente para declarar la verdad.
Precedentes
Amparo penal directo 1909/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.