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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296546
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3385
LESIONES, CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3385
Si solamente existe el certificado de un médico acerca de las lesiones, pero no existe certificado de sanidad, ni tampoco fe de ellas, resulta que no se llenaron los requisitos del artículo 172 del Código de Procedimientos Penales aplicable y, por lo mismo, tampoco esta justificado el cuerpo del delito de lesiones.
Precedentes
Amparo penal directo 1526/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Relator: Luis Chico Goerne.