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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3387
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3387
Si el reo expidió los cheques que no fueron pagados, pero lo hizo como garantía del cumplimiento de una obligación y con el conocimiento pleno del beneficiario, de que no tenía fondos, no existe en el caso el delito de fraude a que se refiere el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en relación con el 386 del Código Penal del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo penal directo 3146/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.