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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3393
PRUEBA PRESUNTIVA, APRECIACION DE LA, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3393
No se integra la prueba presuntiva plena cuando los indicios, si bien hacen presumir la responsabilidad del acusado, no pueden, racionalmente, conducir a la convicción absoluta de su responsabilidad y excluir la posibilidad de que otro sujeto haya sido el autor del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 450/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.