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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3485
ABUSO DE CONFIANZA (CHEQUES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3485
Si bien es cierto que, de acuerdo con la legislación mercantil, el cheque es un documento que se recibe en propiedad para el efecto de poder ser endosado como valor a la vista, como es el contenido en el documento, también lo es que eso no impide que pueda ser entregado como si fuera dinero efectivo para cumplir con un encargo o comisión. Y si el reo no cumplió el encargo que se le encomendó y que motivó que se le extendiera el cheque, y dispuesto del documento en su beneficio, resulta evidente que cometió el delito de abuso de confianza en los términos del artículo 382 del Código Penal, toda vez que incurrió en disposición de una cosa de la que no se le transmitió el dominio, sino sólo la tenencia.
Precedentes
Amparo penal directo 2699/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Edmundo Elorduy.