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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3487
ACUMULACION EN MATERIA PENAL (LESIONES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3487
Si fueron dos acciones las que ejecutó el reo, cometió separadamente dos delitos de lesiones en las personas de los ofendidos. No se trata, pues, de la acumulación formal que es la que se presenta cuando como resultado de un mismo acto se producen diversos daños, sino de la acumulación real por ser los resultados derivados de actos distintos e independientes uno de otro.
Precedentes
Amparo penal directo 1264/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Edmundo Elorduy.