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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296569
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3498
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS (VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO PENAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3498
Los conceptos de violación hechos valer pro el quejoso, en su demanda de amparo, no son de procedimiento, sino de fondo, si los hace consistir en que la autoridad responsable hizo mal la apreciación de las pruebas rendidas, por lo que esta Suprema Corte sí es competente para conocer del amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 3980/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.