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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3534
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, REPARACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3534
No era necesario el que los dueños de los automóviles chocados se presentaran a exigir la reparación, y el hecho de no haberlos examinado en el proceso no causa al acusado ningún agravio, porque el Ministerio Público pudo, de oficio, intentar la acción correspondiente sin necesidad de que los dañados en el choque coadyuvaran con él.
Precedentes
Amparo penal directo 3858/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.