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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 160
LOTERIA NACIONAL, FALSIFICACION DE BILLETES DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 160
La alteración de cifras en los billetes de lotería, para hacerlos aparecer como premiados en los sorteos relativos, configura el delito a que se refiere el artículo 239, reformado, del Código Penal, que sanciona la falsificación de documentos de crédito público, consistentes en las obligaciones y otros títulos emitidos por las diversas administraciones públicas, ya sean federales, estatales o municipales, y esa alteración consuma el delito, independientemente de que no se logre el propósito de la obtención del lucro correspondiente, por causas independientes a la voluntad del sujeto activo del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 4093/51. 17 de octubre de 1953. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Teófilo Olea y Leyva.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen LXXXVI, página 14, tesis de rubro "FRAUDE INVENTADO Y USO DE DOCUMENTO FALSO, POR MEDIO DE BILLETES DE LOTERIA.".