Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/296639
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 287
EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD. POR ESTADO DE INCONSCIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 287
La excluyente de responsabilidad criminal por el estado de inconsciencia en que asegure el quejoso haberse encontrado al llevar a cabo los actos delictuosos, es inoperante si no existen elementos probatorios que revelen esa situación de ánimo, esa ausencia de voluntad en el sujeto activo.
Precedentes
Amparo penal directo 2293/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se publica en nombre del promovente. 28 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.