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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 922
TESTIGOS EN MATERIA PENAL. (COACUSADOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 922
Lo declarado por una persona debe computarse como proveniente de un testigo, si se decretó su libertad por desvanecimiento de datos, pues ello basta para no conceptuarlo ya como coacusado, sino como testigo.
Precedentes
Amparo penal directo 961/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.