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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296683
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 930
IGNORANCIA DE LA LEY PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 930
El desconocimiento de la ley no libera de su observancia; y cuando el desacato a la misma entraña un acto delictuoso, no puede constituir excluyente de responsabilidad la ignorancia del infractor, si la ley no incluye esa circunstancia como motivo de irresponsabilidad, y sólo puede afectar ese antecedente a la individualización de la pena.
Precedentes
Amparo penal directo 2357/47. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: José María Ortiz Tirado.