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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 966
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 966
Al Juez natural corresponde, en uso exclusivo de una facultad discrecional, la imposición de las sanciones en orden a una especial individualización, lo que no puede ser objeto de substitución por parte del superior, ni de la función jurisdiccional en materia de amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 5280/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. Relator: Luis G. Corona.