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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 1154
FALLECIMIENTO DEL QUEJOSO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 1154
No es causa de sobreseimiento en el amparo el fallecimiento del quejoso sentenciado, por lo que respecta a la reparación del daño.
Precedentes
Amparo penal directo 5762/47. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de diciembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.
Tomo CIV, pág. 438. Amparo penal directo 559/47. Gutiérrez Torre José. 19 de abril de 1950. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.