Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/296764
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 159
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS Y FRAUDE, DELITOS DE (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 159
Si quedó perfectamente establecida la falsificación de la firma de la ofendida, y el lucro indebido que se derivó de las maquinaciones hechas por el reo para cobrar el documento de que se trata, debe entenderse que se cometieron por parte de éste, tanto el delito de falsificación de documentos como el de fraude.
Precedentes
Amparo penal directo 6034/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona Redondo.