Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/296796
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 734
CONCEPTOS DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 734
Si en el concepto de violación la parte quejosa hace hincapié en argumentos que no fueron materia de agravio en la apelación y, como consecuencia, no se decidieron en el fallo reclamado, esta Suprema Corte de Justicia no puede analizarlos porque introducen una cuestión no debatida, pues de lo contrario se sustituiría a la autoridad responsable si llegare a resolver tales argumentaciones, lo cual no le está permitido, porque el acto reclamado debe examinarse tal como aparezca probado ante dicha responsable.
Precedentes
Amparo penal directo 2900/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.