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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296801
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 819
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 819
El concepto de violación en rigor es referente al fondo, si alude a una inexacta apreciación de pruebas atribuída a la sentencia reclamada, por lo que es de estimarse que no se hicieron valer violaciones de carácter procesal.
Precedentes
Amparo penal directo 3303/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de agosto de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Ponente: Luis G. Corona.