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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1108
CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL AMPARO PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1108
Lo fundado del concepto de violación no entraña en sí una violación a las garantías individuales del quejoso, si se le señaló una sanción establecida por el código de la materia tal y como lo estatuyen sus artículos aplicables.
Precedentes
Amparo penal directo 1547/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebollo. Relator: Luis G. Corona. Engrose: Luis Chico Goerne.