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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296864
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1343
PRUEBAS, EN MATERIA PENAL, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1343
Si la autoridad responsable, en presencia de las diversas pruebas resumidas y francamente contradictorias, no hizo el análisis correspondiente para concederles o negarles valor probatorio aceptando unas o rechazando por inverosímiles otras, sino que se concretó a reseñar las que consideró como de cargo, es indudable que con ello viola garantías en perjuicio del quejoso, y más aún cuando de las mismas pruebas relativas, se desprende la no intervención del acusado en los hechos que se le imputan.
Precedentes
Amparo penal directo 143/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de junio de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.