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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1505
COMPLICIDAD DELICTUOSA (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1505
El agravio consistente en que el quejoso fue condenado como cómplice de su coacusado que a su vez fue condenado también como cómplice del delito, sin que se hubiera determinado quien era el autor, es jurídicamente inconsistente, por que no está a discusión quién fue el autor del delito o si el Juez a quo, hizo bien o mal en considerar así mismo al prenombrado coacusado, como cómplice y no como autor de dicho delito, pues es evidente que cualquier error que al respecto pudiera haber sufrido en beneficio del multicitado coacusado, no puede aprovechar ni favorecer al quejoso, quien independientemente del grado de responsabilidad y del castigo que se le haya impuesto, resulta haber sido cómplice del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 2903/42. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: José Castro Estrada.