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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1645
INSUBORDINACION, ATENUANTES DEL DELITO DE (LEGISLACION MILITAR).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1645
Si bien puede estimarse que el reo no estaba autorizado para reclamarle al ofendido su proceder, también lo es que si éste había maltratado de obra a otro soldado, como consecuencia de la reclamación no estaba autorizado, a su vez, a tratar de usar su arma contra el reo, por lo que se configura la atenuante a que se contrae el artículo 288 del Código de Justicia Militar.
Precedentes
Amparo penal directo 2921/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de julio de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro estrada. Relator: Luis G. Corona.