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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 22
DESPOJO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 22
Es notorio que correspondía a la denunciante pedir al Juez, si efectivamente había resolución firme que la reconociera como heredera única y universal, que le diera posesión del terreno disputado, mismo que según los testigos de la defensa, poseía el indiciado desde mucho tiempo antes del fallecimiento del padre de ambos y dueño del terreno de que se trata; y no podía existir el delito de despojo, hasta en tanto no se resolviera por sentencia ejecutoriada a quien o a quienes pertenecía el o los terrenos disputados y se hiciera legalmente la adjudicación correspondiente.
Precedentes
Amparo penal directo 9642/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.