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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 436
JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 436
La Jurisprudencia de una Sala de la Suprema Corte es obligatoria para la misma, de conformidad con lo prevenido en el artículo 193 bis de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 759/52. Por acuerdo de la Primera Sala de 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Roque Estrada.