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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297021
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 539
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 539
Si la legítima defensa no se presentó, es lógico concluir que menos pudo darse el exceso en ella, supuesto que para que se considere esté demostrado, necesitan darse y satisfacerse todas las condiciones y requisitos señalados por la ley para configurar aquella eximente de responsabilidad criminal.
Precedentes
Amparo penal directo 3100/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de junio de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis. G. Corona. Ponente: José Castro Estrada.