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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 770
MULTA EN EL AMPARO DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 770
Si el recurrente sostiene que en la fecha en que fue solicitado el informe justificado no tenía el carácter de autoridad responsable, él mismo está admitiendo que no era parte en el juicio de garantías, y no teniendo tal carácter de parte, es evidente que no puede interponer el recurso de revisión contra la sentencia del Juez de Distrito en la parte que impone la multa reclamada, ya que la imposición de la multa no se hizo en contra del recurrente sino en contra de la persona que hubiese tenido el carácter de autoridad responsable en la fecha en que se pidió el informe que no fue rendido.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8565/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de diciembre de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.