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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 786
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 786
Supliendo la deficiencia de la queja, puede concederse el amparo para que sean examinadas las pruebas que el reo presentó oportunamente para lograr la condena condicional, más la que obre en autos, para el efecto de que se determine si debe gozar o no tal beneficio.
Precedentes
Amparo penal directo 963/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.