Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297101
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
297101
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1128

PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL, EN MATERIA PENAL (COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE).

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1128

Precedentes

Tomo CXVI, página 1397. Indice Alfabético. Amparo directo 1946/51. Miranda Ramírez José. 25 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne. Tomo CXVI, página 1397. Indice Alfabético. Amparo directo 1202/51. Flores Zúñiga Juan. 25 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne. Tomo CXVI, página 1128. Amparo penal directo 9717/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
Registro digital (IUS): 297101