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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1143
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1143
No está acreditado el elemento subjetivo de la legítima defensa, esto es, el ánimo de defensa, si el reo, al declarar que saco la pistola y que probablemente se le fue el tiro, acepta que no tuvo el propósito de disparar, único acto que constituiría repulsa de agresión, y a lo sumo los hechos por él relatados podrían constituir una conducta culposa.
Precedentes
Amparo penal directo 434/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Teófilo Olea y Leyva.